¿Qué es lo 'ilegal' para la CAN?


La cancillería colombiana en su afanosa tarea de exportar la imagen positiva del país y ser anfitriona de muchos eventos de la diplomacia regional, incluyó en su agenda la reunión de representantes de los países miembros de la Comunidad Andina (CAN) quienes en esta oportunidad trataron un asunto transversal, urgente y a su vez ambiguo: la minería ilegal.

La Viceministra Colombiana de Relaciones Exteriores, Mónica Lanzetta, afirmó en la reunión de autoridades nacionales que tratan asuntos mineros, realizada en Bogotá los pasados 5 y 6 de julio, que “los países de la Comunidad Andina tenemos una visión compartida sobre la importancia del sector minero energético, como vehículo de desarrollo sostenible. Por ello, cuando hablamos de minería, las discusiones sobre su regulación y vigilancia, el impacto ambiental y la necesidad de políticas públicas de parte de los Estados, cobran gran importancia”.

Y claro que cobra gran importancia el sector minero energético, pues América Latina y principalmente los países andinos son las grandes despensas de minerales como el cobre, zinc, oro, coltan y carbón, indispensables para las industrias de la nanotecnología y la industria pesada de países como China, India, Europa y Estados Unidos.

Sumado a lo anterior, el presidente Santos afirmó en su jornada de Acuerdos para la Prosperidad del 7 de julio en Montería, que “se hará una labor importante para combatir la minería ilegal”. El gobierno dice que ha identificado a la minería ilegal como otra fuente de financiación del terrorismo y que la lucha para combatirla hará parte de Troya II. Sin lugar a dudas esta afirmación, va en concordancia con la agenda de la CAN que desde diciembre de 2011, busca aprobar una declaración conjunta de lucha contra la llamada minería ilegal.

Una pregunta simple y quizá ingenua que un ciudadano común puede hacerse es, ¿qué entienden por minería ilegal los gobiernos de los países andinos (Ecuador, Perú, Colombia y Bolivia)?
Partimos del hecho, que si hay consenso alrededor de la existencia de un problema, pues el problema debe ser el mismo.

En Colombia, el artículo 16 de la Ley 1382 de 2010 que reformó el código minero de 2001, pero que fue declarada inexequible por la corte ST 366/2011, propuso en su momento, que “Se entiende por minería tradicional aquellas que realizan personas o grupos de personas o comunidades que exploten minas de propiedad estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional y que acrediten que los trabajos mineros se vienen adelantando en forma continua durante cinco (5) años, a través de documentación comercial y técnica, y una existencia mínima de diez (10) años anteriores a la vigencia de esta ley”.
Con lo anterior la pregunta es: si estas comunidades no tienen un título inscrito en el Registro Minero Nacional, ¿podría constituirse su explotación tradicional y/o artesanal, en ilegal? Seguramente que si, pues el artículo 5 de Código afirma que los minerales del suelo o subsuelo, pertenecen al Estado.

Si lo „ilegal‟ está en la exploración y explotación contaminante, como lo señala el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “en Antioquia se libera entre 50 y 100 toneladas anuales de mercurio (10% de la contaminación generada en 74 países por pequeña minería de oro) al aire, suelo y agua. La contaminación urbana con mercurio en la atmósfera en siete municipios estudiados del departamento es considerada, como la más alta del mundo”, la estrategia Andina tiene mucho sentido y posibilitaría el mejoramiento de la calidad de vida de quienes habitan en zonas mineras.

Si lo “ilegal” se refiere a la comercialización de minerales para fines privados como dijo el presidente Santos, “para la financiación de bandas criminales e incrementar la guerra”, es razonable una lucha conjunta con los demás países andinos que pueden llegar a replicar las mismas acciones de violencia.

Pero queda la sensación que la ilegalidad a la que se refiere el gobierno y quizá los otros tres Andinos, es a la ilegalidad sobre los títulos mineros, pues es allí en dónde está el negocio por cuenta de las jugosas regalías en beneficio de las naciones y de los dividendos para las grandes empresas.

El asunto más oscuro está en que quienes históricamente han vivido en los hoy apetecidos territorios por las multinacionales, son las minorías étnicas y los campesinos empobrecidos. Por ejemplo en Colombia, „De los 33 distritos mineros existentes, 16 se corresponden a más de 200 resguardos indígenas‟ (Indepaz, 2012). El debate continua.

Nota: Dos de los cuatro andinos, Colombia y Perú fueron declarados en el I Congreso de Minería a Gran Escala, como Estados Pro-mineros, pues su legislación tributaria y ambiental es bastante conveniente para el negocio de los inversionistas extranjeros

Fotografía: www.laprensa.com.bo
Publicado en: www.indepaz.org.co/?p=2358  
Opinión Asuntos del Sur http://www.asuntosdelsur.org/opiniones/opinion/368

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